lunes, 1 de mayo de 2017

Las normas

33. LAS NORMAS

QUE SON LAS NORMAS

Las Normas son: “RECOMENDACIONES PRACTICAS Y GUIAS”  para regular el diseño, la construcción, la instalación, la operación, la inspección, y el mantenimiento, de los bienes y servicios que ofrecen los fabricantes a los usuarios, para unificar parámetros a los cuales deben ajustarse los productos, procesos, y servicios. Vigiladas y Aprobadas por Organismos Oficiales. De esta manera pueden ahorrarse costos en la producción, prevenir fallas repetitivas en los procesos, y prevenir abusos en contra del usuario.  Estas “Recomendaciones Prácticas y Guías” están orientadas también a establecer la Calidad del Producto, la Seguridad del Usuario y la Preservación del Medio Ambiente.

APLICACIÓN

Como las Normas son aplicables al Diseño de un Producto o un Servicio, a la Construcción de un Producto o un Servicio, a la Instalación de un Producto o un Servicio, a la Operación de un Producto o un Servicio, a la Inspección de un Producto o un Servicio, y al Mantenimiento de un Producto o un Servicio; existen Normas Generales referidas al ámbito o sector de aplicación. Puede ser: de Salud, Industrial, Medio Ambiente, Técnicas, etc. Después son más Específicas, en el caso de ser Técnicas, aplicables a una Especialidad, por ejemplo la Electricidad y todo lo relacionado con esta. 

Cuando se trata de la Norma de Instalación de un Producto, pueden referirse al diseño o instalación de un Sistema en donde se incluye uno o más productos Normalizados. Este sería el caso de la Norma para el Diseño de un Sistema de Tierras o bien para la Norma de un Sistema de Protección de Rayos (Lightning Protection Systems) como lo dice la NFPA 780 “Standard for the installation of Lightning Protection Systems” Edition 2000, la Protección “contra” incendios producidos por estática, rayos, y corrientes errantes, (Protection “Against” Ignitions Arising Out of Static, Lightning, and Spray Currents) como lo dice la Norma de API (American Petroleum Institute), API Recomendation Practice 2003. SIXTH EDITION, September 1998. Etc., Etc.

QUIENES HACEN LAS NORMAS

Para hacer las Normas se Constituyen COMITES, Públicos o Privados, dependiendo del Producto o Servicio que se va a Normalizar. Cuando se trata de un Servicio generalmente el Comité es Oficial, nombrado y constituido por representantes de la Institución Gubernamental que va a Emitir la Norma. Cuando se trata de un Producto el Comité está formado por un 90% de los Fabricantes del Producto que se va a Normalizar, un 5% aproximadamente de usuarios, un 3 o 4% de Académicos o Investigadores Especialistas en el Producto que se va a Normalizar y UNO % de Representantes del Gobierno o la Dependencia Oficial (Dirección General de Normas) que dará Fe del Proceso mediante el cual se elaboró la Norma.

El porcentaje mayoritario del Comité, formado por Fabricantes del Producto a Normalizar se debe a que: el Invento, la Investigación, el Diseño, la Patente, el Desarrollo, las Especificaciones, la Calidad, las Pruebas de Laboratorio, Estadísticas de Desempeño y otros factores necesarios para la aprobación de la Norma, son Propiedad del Fabricante del Producto que se va a Normalizar. Cuando se requieren pruebas de Laboratorio en Laboratorios Oficiales o Privados para un Producto, son pagados por los Fabricantes del Producto o por las Asociaciones de Fabricantes del Producto. Todo este Proceso requiere de Inversiones sumamente elevadas por lo que en Países Capitalistas este Tipo de Inversiones es de Carácter Privado.

Existen muchas Organizaciones que se constituyen en Asociaciones para HACER Normas, con la Autorización Oficial y que dependiendo de la Especialidad, su Antigüedad, Desempeño, Credibilidad y Prestigio se han tomado como base para recomendar su Aplicación. 

En la Especialidad Eléctrica y Electrónica en Estados Unidos de Norteamérica se aplican las Normas: ANSI, NEMA, NFPA, API, IEEE, UL96A, etc., en Alemania las Normas VDE, en Japón las Normas JIS, en Francia las Normas NFC 17-100, en México la Norma Oficial Mexicana NOM (OBLIGATORIA) y la NMX (VOLUNTARIA), las Normas Internacionales IEC e ISO han sido reconocidas por el Gobierno de México en los términos de Derecho Internacional.

La Norma Oficial Mexicana, NOM-001-SEDE-1999, INSTALACIONES ELECTRICAS, fue “armonizada” por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Instalaciones Eléctricas (CCNNIE) con el apoyo del Instituto de Ingeniería de la Universidad Autónoma de México (IIUNAM) y de la Asociación Nacional de Normalización y Certificación del Sector Eléctrico (ANCE), bajo la coordinación de la Dirección General de Gas L.P y de Instalaciones Eléctricas de la Secretaría de Energía y consultando trabajos, propuestas, comentarios y colaboraciones de las siguientes Instituciones miembros del CONNIE:

Secretaria de Comercio y Fomento Industrial, SECOFI.
Secretaría del Trabajo y Previsión Social, STPS.
Comisión Nacional para el Ahorro de Energía, CONAE.
Comisión Federal de Electricidad, CFE. 
Petróleos Mexicanos, PEMEX.
Instituto Mexicano del Seguro Social IMSS.
Instituto de Investigaciones Eléctricas, IIE.
Programa de Ahorro de Energía del Sector Eléctrico, PAESE.
Fideicomiso para el Ahorro de Energía Eléctrica, FIDE.
Asociación de Ingenieros Universitarios Mecánicos Electricistas, AIUME.
Asociación Mexicana de Directores Responsables de Obra y Corresponsables, AMDROC.

Asociación Mexicana de Empresas del Ramo de Instalaciones para la Construcción, AMERIC.
Asociación Mexicana de Ingenieros Mecánicos Electricistas, AMIME.
Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción, CMIC.
Cámara Nacional de Manufacturas Eléctricas, CANAME.
Colegio de Ingenieros Mecánicos Electricistas, CIME.
Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos CONCAMIN.
Federación de Colegios de Ingenieros Mecánicos y Electricistas de la República Mexicana FECIMERM.

“El objetivo de esta NOM es establecer las disposiciones y especificaciones de carácter técnico que deben satisfacer las instalaciones destinadas a la utilización de la energía eléctrica, a fin de que ofrezcan condiciones adecuadas de seguridad para las personas y sus propiedades, en lo referente a protección como choque eléctrico, efectos térmicos, sobre corrientes, corrientes de falla, sobre tensiones, fenómenos atmosféricos, e incendios, entre otros. El cumplimiento de las disposiciones indicadas en esta NOM garantizará el uso de la energía en forma segura.”

Actualmente PETROLEOS MEXICANOS, COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD, EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, y otras dependencias Gubernamentales elaboran NORMAS DE REFERENCIA necesarias para aquellos casos en que las Normas Mexicanas o Internacionales aplicables no cubran sus requerimientos, o bien las especificaciones que contengan se consideren inaplicables u obsoletas, cuando dichas entidades requieran adquirir, arrendar o contratar servicios. 

LA IMPORTANCIA DE LAS NORMAS

La Globalización del Comercio Mundial le da una importancia fundamental a las Normas ya que solamente mediante una normatividad pueden unificarse los parámetros a los cuales deben ajustarse los productos, procesos, y servicios objeto de la relación comercial con los Países con los que México está comprometido mediante un Tratado de Libre Comercio.

Es muy IMPORTANTE considerar los señalamientos, advertencias, recomendaciones, y observaciones que para la aplicación por parte del usuario hacen, las diferentes Instituciones Normativas Privadas y en algunos casos las Oficiales, ya que la mayoría de estas Instituciones se deslindan de la Responsabilidad de los resultados de la aplicación de las “Guías o Recomendaciones Prácticas de las Normas”. Recomiendan que los usuarios de esas “Guías o Recomendaciones Prácticas” deberán ser aplicadas por Expertos. No señalan procedimientos de Cálculo, ni Metodologías de Diseño. Ofrecen ejemplos de cálculo por medio de “Ecuaciones” (algunas), y “Formulas” empíricas para aplicaciones muy limitadas (otras). 

VIGENCIA DE LAS NORMAS

Debido a los vertiginosos cambios y avances en la Ciencia y la Tecnología se han establecido periodos de Revisión de las Normas que varían de 3 a 5 años. De no efectuarse revisiones de las Normas dentro de estos períodos de tiempo, dichas Normas caerían en la obsolescencia por los cambios y avances en la Ciencia y la Tecnología. En estos casos, especifican en algunas Normas que para considerarlas es necesario consultar directamente la vigencia de la misma con la emisora. 

En cambio existen otras Normas como las que se refieren a Métodos de Prueba, Métodos de Medición, etc., que solamente se ratifican sin tener modificaciones o cambios a menos que existan cambios tecnológicos que ameriten una revisión. 

CARÁCTER DE LAS NORMAS

En la República Mexicana existen aproximadamente 6000 normas con carácter de aplicación voluntaria y aproximadamente 700 con carácter de aplicación obligatoria. Estas últimas se encuentran dentro de las NOM (NORMA OFICIAL MEXICANA), de acuerdo con la LEY FEDERAL DE METROLOGIA Y NORMALIZACION.

Para fines prácticos, en México la LEY FEDERAL DE METROLOGIA Y NORMALIZACION reconocen cinco tipos de normas:

1. Norma Oficial Mexicana NOM.- Es la regulación técnica de observancia obligatoria expedida por las dependencias competentes, conforme a las finalidades previstas por la LFMN, que establece reglas, especificaciones, atributos, directrices, etc.
Son elaboradas por los Comités Consultivos Nacionales de Normalización (CCNN) que presiden nueve dependencias federales y deben responder a un objetivo legítimo (vgr. protección de la vida, la salud o el medio ambiente).

2. Norma Mexicana NMX .- Es la norma que elabora un organismo nacional de Normalización privado, o bien la Secretaría de Economía, que prevé un uso común y repetido, reglas, especificaciones, atributos, directrices, etc. Su finalidad principal es establecer especificaciones mínimas de calidad de un bien, proceso o servicio y “SON DE APLICACION VOLUNTARIA”..

3. Norma Internacional.- Es la norma que elabora un organismo internacional dedicado a la normalización y el cual ha sido reconocido por el gobierno de México en los términos del derecho internacional. Por ejemplo las normas ISO, IEC, CODEX y UIT.

4. Norma extranjera (NE’s).- Es aquel documento normativo emitido por un organismo de normalización extranjero y que es de aplicación exclusiva en su país de origen y que PEMEX, CFE, IMSS y sus organismos subsidiarios pueden utilizarlo sólo como “referencia”, de conformidad con lo dispuesto en el  Reglamento de la LFMN.

5. Norma de Referencia (NRF’s).- Es la que elaboran las entidades de la Administración Pública Federal (vgr. PEMEX, CFE, IMSS, etc), en aquellos casos en que las normas mexicanas o internacionales aplicables no cubran sus requerimientos, o bien las especificaciones que contengan se consideren inaplicables u obsoletas, cuando dichas entidades requieran adquirir, arrendar o contratar bienes o servicios. 

NOTAS MUY IMPORTANTES:

Las Normas se incluyen en las LICITACIONES, LISTAS DE MATERIALES Y EQUIPO, SERVICIOS Y DEBEN ESPECIFICARCE CON CLARIDAD: 

  1. NOMBRE DEL EMISOR: MEXICANA (NOM “Obligatoria”, NMX “Voluntaria”). Norma INTERNACIONAL (ISO, IEC, CODEX, UIT). Norma  EXTRANJERA que PEMEX, CFE, IMSS, aplican solo como referencia (UL, NFPA, API, ETC, ETC,). Normas de REFERENCIA (NFR-PEMEX, CFE, IMSS, ETC.).
  1. NOMBRE, NUMERO DE LA NORMA Y FECHA DE EMISION: EJEMPLO NOM-001-SEDE-2012,  NFPA-780-2000, IEC, ISO, ETC., ETC.
  1. CAPITULO, SECCION, Y TITULO DE LA NORMA CON ESPECIFICACION CLARA DEL OBJETIVO.
  1. NO ES VALIDO REFERIRSE A UNA NORMA PARA SU APLICACIÓN EN FORMA GENERAL MENCIONANDO SOLO EL NOMBRE, PORQUE NO SE PUEDE CUMPLIR CON LA APLICACIÓN DE LA NORMA COMPLETA, Y SERIA MOTIVO DE CONFUSION POR LA AMBIGÜEDAD.
  1. ES MUY FRECUENTE ENCONTRAR EN LOS DOCUMENTOS DE LICITACION, LISTAS DE MATERIALES, ESPECIFICACION DE PRODUCTOS, EQUIPOS O SERVICIOS LA APLICACIÓN DE UNA GRAN DIVERSIDAD DE NORMAS SIN ESPECIFICAR: EL CAPITULO, LA SECCION, EL TITULO, LA VIGENCIA O FECHA DE EMISION, Y EL OBJETIVO A CUMPLIR. EN LA MAYORIA DE LOS CASOS HAY CONFLICTOS DE CONGRUENCIA.
  1. LO ANTERIOR DESVIRTUA EL OBJETIVO FUNDAMENTAL DE LAS NORMAS QUE ES: REGULAR EL DISEÑO, LA CONSTRUCCIÓN, LA INSTALACIÓN, LA OPERACIÓN, LA INSPECCIÓN, Y EL MANTENIMIENTO, DE LOS BIENES Y SERVICIOS QUE OFRECEN LOS FABRICANTES A LOS USUARIOS, PARA UNIFICAR PARÁMETROS A LOS CUALES DEBEN AJUSTARSE LOS PRODUCTOS, PROCESOS, Y SERVICIOS. LA SEGURIDAD PATRIMONIAL, LA PRESERVACION DEL MEDIO AMBIENTE, EL SOPORTE CIENTIFICO Y TECNICO Y LA OPTIMIZACION DE LOS RECURSOS TECNICOS Y ECONOMICOS.